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Trust recibido en herencia: Implicaciones fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones en España

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En España, la figura del trust, tan común en países como Estados Unidos y Reino Unido, presenta numerosos retos legales y fiscales debido a que no está reconocida en la legislación nacional. Esto genera complicaciones cuando un beneficiario español recibe bienes de un trust en el marco de una herencia, especialmente en lo que respecta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Esta semana, lo tratamos en el blog de Francisco Franco González, Procurador de los Tribunales.

Según el Convenio de La Haya de 1985, un trust es un mecanismo mediante el cual una persona (el «settlor» o constituyente) transfiere la propiedad de ciertos bienes a otra (el «trustee» o fiduciario) para que los administre en beneficio de un tercero (el «beneficiario»). El trustee tiene la responsabilidad legal de gestionar esos bienes conforme a las instrucciones establecidas por el settlor. Esta estructura permite una gestión flexible y eficiente del patrimonio, especialmente en términos de planificación sucesoria o protección de activos.

El trust en el contexto legal español

A pesar de su utilidad en otros países, en España el trust no está reconocido como figura jurídica. Esto plantea un problema cuando los beneficiarios de un trust residen en España y reciben bienes a través de este mecanismo. Las autoridades fiscales españolas no reconocen la existencia del trust y consideran que la transmisión de los bienes se realiza directamente entre el settlor y el beneficiario, sin tener en cuenta la figura del trustee.

Esta interpretación afecta directamente al tratamiento fiscal de los bienes recibidos. El Impuesto sobre Sucesiones se aplica como si el beneficiario hubiera recibido los bienes directamente del fallecido, y no a través de un tercero encargado de su administración. Esto complica la planificación sucesoria, ya que el tratamiento fiscal puede variar sustancialmente de lo esperado por quienes establecen un trust en países donde este está plenamente reconocido.

¿Cómo se aplica el Impuesto sobre Sucesiones en estos casos?

Cuando un beneficiario residente en España recibe bienes a través de un trust, está obligado a pagar el Impuesto sobre Sucesiones en función del valor de esos bienes. Este impuesto debe pagarse en el momento del fallecimiento del settlor, sin que se tenga en cuenta el papel del trustee. Es fundamental que el beneficiario declare los bienes heredados y pague el impuesto correspondiente, ya que de lo contrario, podría enfrentarse a sanciones por parte de Hacienda.

Variación del impuesto según la Comunidad Autónoma

Uno de los aspectos clave del Impuesto sobre Sucesiones en España es que varía significativamente entre las distintas comunidades autónomas. Cada comunidad tiene competencia para aplicar reducciones, bonificaciones o exenciones en el impuesto, por lo que el importe final puede diferir dependiendo de dónde resida el beneficiario. Sin embargo, es importante tener en cuenta que estas bonificaciones no suelen contemplar la figura del trust, lo que añade un nivel adicional de complejidad en estos casos.

Las cláusulas suspensivas en el trust y su impacto fiscal

Un aspecto que merece atención son las cláusulas suspensivas que pueden incluirse en el contrato del trust. Estas cláusulas establecen condiciones que deben cumplirse antes de que el beneficiario tenga acceso a los bienes. En estos casos, el impuesto sobre sucesiones no se devengará hasta que la condición se cumpla o la limitación establecida desaparezca.

De acuerdo con el artículo 24.3 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (LISD), las adquisiciones de bienes cuya efectividad esté suspendida por una condición o limitación se consideran realizadas cuando desaparecen dichas restricciones. Esto implica que el beneficiario no pagará el impuesto hasta que tenga derecho efectivo a los bienes del trust, pero deberá estar atento a cuándo se cumple esa condición para cumplir con sus obligaciones fiscales.

Interpretación de las autoridades fiscales españolas

Uno de los grandes desafíos a la hora de recibir bienes a través de un trust en España es la diferente interpretación que hacen las autoridades fiscales sobre la transmisión de los bienes. En los países donde el trust está plenamente reconocido, el trustee tiene un papel central en la administración de los bienes. Sin embargo, al no reconocerse esta figura en España, Hacienda podría interpretar la transmisión de manera diferente, lo que puede llevar a un tratamiento fiscal inesperado o a una carga impositiva mayor de la prevista.

La importancia de la planificación patrimonial y el asesoramiento profesional

Dada la complejidad del tratamiento fiscal de los trusts en España, resulta esencial que los beneficiarios consulten a un profesional especializado en derecho fiscal y sucesorio. Un abogado, procurador o asesor con experiencia en el ámbito internacional y español puede ayudar a optimizar la planificación patrimonial, asegurándose de que se cumplan todas las obligaciones fiscales y se minimicen posibles sorpresas desagradables en el futuro.

La utilización del trust como herramienta de planificación patrimonial presenta numerosos desafíos en España, debido a la falta de reconocimiento legal y a las interpretaciones fiscales que pueden derivarse de ello. Los beneficiarios de bienes heredados a través de un trust deben estar preparados para afrontar un tratamiento fiscal complejo y, en algunos casos, inesperado. Por ello, contar con un buen asesoramiento legal y fiscal es fundamental para garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y evitar problemas con las autoridades tributarias.

En definitiva, si te encuentras en la situación de recibir bienes a través de un trust y resides en España, la consulta con un profesional especializado como Francisco Franco González, es una necesidad ineludible. ¡No dudes en ponerte en contacto con nuestro equipo!