Las entidades bancarias tienen como práctica habitual comercializar junto a las hipotecas, otros productos como los seguros u otros productos de inversión. Actualmente y, desde hace un tiempo, estas entidades bancarias están comercializando ciertos seguros, principalmente el seguro de vivienda, a prima única, y por toda la duración de la hipoteca, financiando dicho seguro junto al propio préstamo hipotecario.
De esta manera, la compañía se asegura la contratación de estos productos por un largo periodo de tiempo (normalmente 30 años), y al financiarlo le producen una gran cantidad de intereses a su favor. Esta práctica ya se considera abusiva, por lo que el consumidor tiene derecho a la cancelación de dichos seguros, sin penalización de tipo de interés y con devolución del importe restante.
Derecho bancario e hipotecario
La nueva Ley Hipotecaria, Ley 5/2009 de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (LCCI), que transpone al ordenamiento jurídico español, la Directiva 2014/17/UE, de Parlamento Europeo y Consejo de 4 de febrero de 2016, tenía la pretensión de introducir un cambio en la forma de operar de las entidades crediticias a la hora de conceder préstamos hipotecarios y en la forma de comercializarlos.
Sin embargo, en la práctica, encontramos que no todos los bancos cumplen con todas las normas contenidas en dicho texto legal, de forma más concreta, en lo relativo a las ventas vinculadas, obligando en cierta medida a los consumidores a suscribir pólizas de seguros abusivas.
¿Pueden los bancos vincular seguros a las hipotecas?
Para alcanzar una conclusión coherente y óptima, primero debemos diferenciar entre productos vinculados y productos combinados.
Productos vinculados
Los productos vinculados hacen referencia a aquellos productos que han de ser contratados y mantenidos de forma conjunta con el préstamo, no pudiendo ser comercializados por separado de este.
Un ejemplo de este tipo es la apertura de una cuenta corriente con el banco prestamista o la contratación de un seguro de daños e incendio, dado que la ley exige que el inmueble sobre el que recaiga una garantía hipotecaria ha de estar asegurado.
Aún así, el prestamista deberá aceptar pólizas alternativas de todos aquellos proveedores que ofrezcan unas condiciones y un nivel de prestaciones equivalentes a la que aquel hubiera propuesto, tanto en la suscripción inicial como en cada una de las renovaciones, tal y como señala el art. 17.3 LCCI.
Productos combinados
Por otra parte, encontramos los denominados productos combinados. Se definen como aquellos productos que la prestamista ofrece o vende en un paquete constituido por estos y un contrato de préstamo, cuando el contrato de préstamo se ofrezca también al prestatario por separado.
Podemos encontrar un ejemplo en una oferta vinculante (FEIN), en la que se detalla que el tipo de interés a aplicar a nuestro préstamo es del 2,00% TIN, pero que podrá ser bonificado de forma acumulativa y progresiva, hasta en un punto, siempre que se contraten y mantengan los siguientes productos o servicios: domiciliación de nómina (-0.50%), contratación de seguro de hogar (-0,20%), contratación de seguro de vida (-0, 10%), contratación de seguro de protección de pagos (-0,10%) y contratación de tarjeta de crédito (-0,10%).
De esta manera, como hemos observado en el ejemplo, si contratamos todos los productos y servicios desglosados, nuestro tipo de interés podría bajar del 2,00% TIN inicial a un 1,00% TIN, con la consecuente reducción en la cuota mensual.
Productos combinados y seguros abusivos
Los Estados miembros de la Unión Europea, a través de la Directiva 2014/17/UE en su artículo 12.1, permiten autorizar la práctica de venta combinada, pero no las ventas vinculadas, salvo en los casos en los que éstas acarreen un claro beneficio al consumidor. Por esta razón, esta práctica no supone, a priori, ninguna ilegalidad.
No obstante, son cada vez más los bancos que ofrecen productos combinados dentro de la modalidad de «prima única» por un plazo de tiempo extenso, y esta sí puede convertirse en un seguro abusivo.
En determinadas ocasiones se ven situaciones en que la FEIN recoge como un producto combinado un seguro de vida por 20 años o más. Así se encarece en exceso la operación, dado que un seguro de vida de esas características llega a alcanzar los 20.000 euros y el consumidor debe desembolsarlo en un único pago inicial. Ante esta situación, los prestamistas ofrecen la inclusión de dicha prima en la financiación, de modo que la cuota se encarece y genera nuevos intereses. Estaríamos, de nuevo, ante un seguro abusivo.
Organización de Consumidores y Usuarios (OCU)
En la actual situación, muchos clientes que contrataron su hipoteca antes del año 2019 fueron obligados a pagar íntegramente la prima de un seguro de vida vinculado. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) indica que por entonces se pagaba el seguro, como decimos, de una sola vez, como prima única.
La OCU indica la posición ventajosa que obtiene la entidad sobre el usuario. En primer lugar, aumenta el coste del dinero para el usuario, pues las cuotas y los intereses devengados se incrementan. Y en segundo lugar, el banco no solo obtiene todo el dinero de la prima (que corresponde al total de la vida del préstamo) en un solo cobro, sino que además ingresa los intereses de dicha cantidad.
¿Cómo recuperar el dinero?
Todas las personas que se viesen obligadas a realizar este pago único al contratar su hipoteca, siempre que fuese antes de 2019, podrán reclamar ese dinero en las entidades bancarias. La propia OCU incluye en su página web un portal para recuperar el dinero, refiriéndose a “pagos abusivos”.
La Organización de Consumidores y Usuarios exige una compensación para todos los consumidores afectados por estos cobros, pues asegura que esta contratación de hipotecas condicionada a un seguro de vida, ha perjudicado financieramente a los clientes de los bancos.
Si tienes cualquier duda sobre los productos vinculados o combinados que el banco te ofrece a la hora de firmar tu hipoteca, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Podremos asesorarte para pagar lo menos posible por el préstamo que te permitirá acceder a tu propia vivienda.