Como hemos comentado en otras entradas, el procurador es la figura procesal que está en
continua colaboración con la Administración de Justicia. Tiene el objetivo de agilizar y
gestionar todos y cada uno de los trámites y comprobar que está funcionando de forma
correcta el procedimiento judicial. Por lo tanto, su cargo es la representación de los clientes
frente a los tribunales, ya que, es la persona que recoge las notificaciones y también, gestiona
las comunicaciones.
El procurador, además, se encargará de proporcionar la información y las comunicaciones
correspondientes de los tribunales al abogado. De esta forma, el abogado podrá asistir a su
cliente y podrán planificar cuál será la estrategia que seguirán durante el proceso.
La responsabilidad de contratar al procurador la tiene el interesado, es decir, el cliente.
A día de hoy, lo primero que se suele hacer es acudir a un abogado, para que este nos pueda
asesorar y más tarde, si es necesario, el mismo abogado es quien se pone en contacto con su
procurador de confianza. A pesar de que antiguamente no era así, si no que se realizaba de la
manera contraria, primero contactamos con el procurador y después si era necesario con el
abogado.
No obstante, en muchas ocasiones los abogados no tienen procurador de confianza, por lo que, es importante saber que no podemos llegar a presionar al abogado para que este nos busque uno, si no que es responsabilidad encontrarlo y ponernos en contacto con el mismo para que nos pueda asesorar y ayudar, en el caso de que sea necesario.
Para más información, no dudes en plantearme cualquier cuestión, sin compromiso.