A partir de este 8 de marzo de 2022, debido a la situación que se está viviendo por la guerra de Ucrania, el Gobierno de España ha ampliado los grupos de protección, además de que la Unión Europea ha tomado la decisión de activar la Directiva de Protección Temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas.
Por lo tanto, pueden surgir ciertas dudas, y para resolverlas vamos a comenzar a hablar sobre quién puede y podrá solicitar la protección temporal:
¿Quién puede solicitar la protección temporal en España?
En primer lugar, podrán solicitarlo los nacionales ucranianos y sus familiares que salieron de Ucrania a partir del 24 de febrero de 2022. Se entiende por familiares:
- Al cónyuge o su pareja de hecho.
- A sus hijos menores solteros o de su cónyuge, sin distinción en cuanto a si nacieron dentro o fuera del matrimonio o fueran adoptados.
- A otros parientes cercanos que vivieran juntos como parte de la unidad familiar en el momento de las circunstancias relacionadas con la afluencia masiva de personas desplazadas y que dependieran total o principalmente de ellos.
En segundo lugar, los nacionales ucranianos y sus familiares que se encontrasen en situación de estancia en España antes del 24 de febrero de 2022 que, como consecuencia de la guerra con Rusia, no pueden regresar a Ucrania.
Se entiende por familiares:
- Al cónyuge o su pareja de hecho.
- A sus hijos menores solteros o de su cónyuge, sin distinción en cuanto a si nacieron dentro o fuera del matrimonio o fueran adoptados.
- A otros parientes cercanos que vivieran juntos como parte de la unidad familiar en el momento de las circunstancias relacionadas con la afluencia masiva de personas desplazadas y que dependieran total o principalmente de ellos.
En tercer lugar, nacionales de Ucrania que se encontraban en situación irregular en España antes del 24 de febrero y que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
En cuarto lugar, refugiados y beneficiarios de protección internacional en Ucrania y sus familiares (aclarados en los apartados anteriores) que salieron de Ucrania a partir del 24 de febrero de 2022.
Por último, los nacionales de terceros países o apátridas que hubieran residido legalmente en Ucrania sobre la base de un permiso de residencia legal válido permanente o como estudiantes expedido de conformidad con el derecho ucraniano y no pueden regresar a su país o región.
¿Cómo y dónde se puede solicitar la protección temporal en España?
Se podrá solicitar a través de comparecencia ante la Policía Nacional en los Centros de Acogida, Recepción y Derivación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. También, a través de las comisarías que se han habilitado para ello. O llamando y pidiendo cita al número de teléfono 91 047 44 44.
En las 24 horas siguientes, el Ministerio del Interior resolverá la solicitud y se le notificará a la persona que lo ha solicitado a través de medios electrónicos, correo postal o comparecencia personal y, en última instancia, a través del BOE.
¿Qué derechos se obtienen con la protección temporal?
Los derechos inalienables que tendrá consigo la persona serán:
Acceso a la educación, atención sanitaria, ayuda social y de alojamiento y, por último, un permiso de residencia y trabajo por cuenta propia y ajena de un año de duración, que se podrán prorrogar a otros dos.
Asimismo, a pesar de que la persona llevara en España un tiempo, el Gobierno español ha ampliado la Protección Temporal a toda persona ucraniana, en situación de estancia o en situación irregular en España, que no pueda regresar a su país como consecuencia de la guerra con Rusia.
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